S.K.I.F ESPAÑA
NORMATIVA INTERNA
Vigencia: desde año 2.005
Actualización nº: 5
Por la presente se informa a todos aquellos practicantes de Karate Do Shotokan que quieran inscribirse en la única asociación que representa oficialmente en España a la Shotokan Karate Do International Federation (S.K.I.F) del maestro Hirokazu Kanazawa (10º DAN), los requisitos que son imprescindibles cumplir así como las ventajas que pueden disfrutar por pertenecer a esta asociación.
DERECHOS
Pertenecer a una de las federaciones más importantes del mundo de Shotokan, con una representación en más de 100 países.
Pertenecer a la única asociación española que puede representar a S.K.I.F en el territorio nacional, así como en las actividades internacionales que organice S.K.I.F. lo que implica que la titulación obtenida por S.K.I.F carece de todo su valor si no se pertenece a esta asociación.
Participar en las Asambleas que organice la asociación y tener derecho a voto para marcar las pautas en las que se desarrollará esta asociación. Para tener derecho a voto se deben tener 18 años cumplidos y ser cinturón negro de S.K.I.F. y estar al corriente de pago.
Participar en la realización del calendario de actividades
Descuento en las actividades que organice la asociación.
Los instructores podrán disfrutar de cursos de actualización y entrenamientos especiales que se realizan para una puesta en común entre todos los profesores nacionales.
Participación en los campeonatos, mundiales y demás eventos que se realicen fuera de nuestras fronteras y que organice la S.K.I.F. Aunque para competir a escala internacional, primero hay que pertenecer al equipo nacional.
Participar en los cursos que realice S.K.I España para todos sus miembros.
Información de cursos, seminarios y actividades que se realizan en el extranjero.
OBLIGACIONES
Pago anual de la licencia.
Participar en todas las actividades que realice la asociación. Cuando no se pueda asistir, se deberá notificar al propio instructor y éste a la organización de dicho evento con una semana mínima de adelanto a la realización de dicha actividad. La falta de asistencia a los cursos, seminarios y demás eventos que organice S.K.I.España y que no estén debidamente justificados , supone la falta de interés en el buen funcionamiento de la asociación e implica la posibilidad de expulsión y no-devolución de las cuotas pagadas en el año en curso.
Con relación a la titulación de la S.K.I.F, sólo se reconocen los títulos otorgados por la propia asociación con exámenes realizados en los distintos seminarios que se realicen con maestros con capacidad de examinar.
En cuanto a la homologación de títulos de grados, se distinguen dos supuestos.
4.1.- los instructores que quieran homologar su título, deberán estar afiliados en la asociación al menos un año para acceder al examen de 1er Dan, a partir de ese momento se suprimen los tiempos de espera entre grados y se podrán ir examinando hasta su nivel actual (una vez al año máximo y con el visto bueno de H.Kanazawa). Siendo requisito imprescindible , afiliar a todos sus alumnos y cumplir la normativa interna. Todos los casos excepcionales para agilizar el derecho a examen deberán estar aprobados por el Director Técnico de S.K.I España Jesús Fernández Martínez y debidamente autorizados por Japón.
4.2.- Las personas con titulación que quieran acceder a exámenes con el propio H.Kanazawa, u otros instructores similares, podrán hacerlo, teniendo presente las siguientes:
4.2. (a) - Licencias:
Para 3º kyu - 1 licencia
Para 1º kyu - 2 consecutivas ó 3 alternas, desde el ultimo examen
Para 1º Dan - 3 consecutivas ó 4 alternas, desde el ultimo examen
De 1º a 2ºDan - 2 consecutivas ó 3 alternas, desde el ultimo examen
De 2º a 3ºDan - 3 consecutivas ó 5 alternas, desde el ultimo examen
De 3º a 4ºDan - 4 consecutivas ó 6 alternas, desde el ultimo examen
A partir de 4º Dan, a petición de Kancho Kanazawa.
4.2. (b) - Edad:
1º dan - 16 años
2º dan - 18 años
3º dan - 21 años
4º dan - 25 años
A partir de 4º Dan, a petición de Kancho Kanazawa
4.2. (c) - Cursos:
Para 1º dan - 5 cursos
De 1º a 2º dan - 3 cursos, desde el ultimo examen
De 2º a 3º dan - 5 cursos, desde el ultimo examen
De 3º a 4º dan - 6 cursos, desde el ultimo examen
A partir de 4º Dan, a petición de Kancho Kanazawa
Los cursos referidos son los que organiza S.K.I. España, y no tendrán validez si no están firmados y sellados en el carné de curso por la organización.
Todo socio que quiera examinarse en el extranjero tendrá que pedir permiso por escrito a la Junta Directiva, de no hacerlo, podrá incurrir en una falta grave, pudiendo ser expulsado de la Asociación, salvo casos excepcionales.
El derecho a tener la titulación oficial de S.K.I.F con reconocimiento a nivel mundial en los dojos pertenecientes a dicha federación, implica que se deben cumplir con los requisitos de esta normativa y colaborar en las actividades organizadas por S.K.I España.
INFORMACIÓN ADICIONAL
S.K.I España informa que Japón sólo reconoce sus títulos expedidos a miembros pertenecientes a nuestra asociación y que dejan de tener valor y pierden su registro en el Hombu Dojo, aquella titulación perteneciente a personas que no están inscritas en nuestra asociación.
Todas estas normas son susceptibles de cambios y mejoras para adaptarse a las nuevas situaciones que se presenten para el buen funcionamiento de la asociación. De todos los cambios, la S.K.I España se compromete a informar a sus socios.
D. Miguel Piédrola
Presidente
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